PUEDO INFORMA
NOTA CONTESTADOR 10-06-08
LA DIRECCION AMPARA FRAUDES A LA SEGURIDAD SOCIAL
Unidad Progresista acredita ya durante muchos años su facilidad para
premiar con dinero y recursos de todos a personas a las que aupa a puestos
de mandos intermedios, a puestos directivos o a otros puestos con o sin
contenido, con el truco de contratarles como vendedores, con contrato de
discapacitado, beneficiándose de todas las subvenciones y reducciones
posibles. Pero lo que a juicio de PUEDO choca de plano con la legalidad,
es la práctica ya generalizada de para sumar afiliados a UP dar cargos a
personas que, si bien en lo formal están contratadas como vendedores, se
les encomienda funciones de superior categoría, de mandos intermedios o
como directivos, y tienen la condición de pensionistas de la Seguridad
Social cobrando una prestación de invalidez absoluta o incluso de gran
invalidez, lo que por imperativo legal resulta incompatible con la
realización de cualquier otro "trabajo u oficio", con la excepción de
vender cupones.
A PUEDO nos sorprende que para denegar la venta a un afiliado, se esgrima
a veces que ya tiene sus necesidades cubiertas porque cobra una pensión,
aunque en estos casos la legalidad vigente permite compatibilizar pensión
y venta; y sin embargo, sin escrúpulo alguno, se nombre delegados
territoriales, otros directivos, mandos intermedios y otros puestos, a
personas que van a compatibilizar sus jugosos sueldos con pensiones de la
Seguridad Social. A nuestro juicio, tal práctica es un fraude a la
Seguridad Social, amén de hurtar puestos golosos a otros afiliados.
UP tiene la responsabilidad de cumplir con la legalidad. En la ONCE costó
mucho pelear la compatibilidad de la pensión de invalidez con la venta del
cupón. Baste recordar lo que en la vieja Caja de Previsión llamábamos los
híbridos: pensionistas de invalidez que se ponían a vender y a los que la
Seguridad Social negaba el alta, hasta que se resolvió en noviembre del 91
este litigio, pero sólo y exclusivamente para la venta del cupón. Pedimos
por tanto a UP que no mantenga ningún cargo, ni puesto de responsabilidad,
a quien sea perceptor de pensiones de invalidez absoluta o gran invalidez.
UP Y SUS TRAMPAS
Contábamos por este medio, como con la Circular 4/2008 la Dirección
publicaba una nueva normativa reguladora de la adjudicación de puntos de
venta. Circular que seguía profundizando en la discrecionalidad más
absoluta de los directivos, para dar y quitar puntos de venta, y
consolidaba el dedo como único elemento para premiar o castigar con
quioscos o stands, o con lugares de mucha o poca venta. Ahora a espaldas
de la propia Normativa que ellos dictan, como instrucción remitida
directamente a los Jefes de Centro, proclaman un baremo con el cual van en
apariencia a adjudicar los puntos de venta. Baremo que sin entrar en
juzgar su legalidad y constitucionalidad, debemos decir que representa una
burla a todo el colectivo de vendedores.
Se trata de implementar hasta cien puntos en el casillero informático de
cada vendedor, para luego decir que con esta puntuación dan quioscos o
puntos de venta vacantes, en función de las solicitudes existentes, sin
reglar procedimiento alguno de cuándo se solicita, cuándo se produce la
vacante, etc. Pero eso sí, a escondidas y al margen de la norma se
descaran. De los 100 puntos, 65 se otorgan en función de las mayores
ventas, concretando que al vendedor que su media de venta por jornada
exceda del 40% sobre la media de su centro, se le otorgan 45 puntos y si
lo que vende por TPV excede también del 40%, se le otorgan otros 20 puntos.
Los 35 restantes, hasta completar los 100, se otorgan según reza en la
propia instrucción con criterio subjetivo y con parámetros como
§ Imagen personal y corporativa, miden aquí el aseo personal, vestimenta
apropiada, el orden y limpieza del punto de venta, amabilidad y cortesía;
con una puntuación máxima de 5 puntos.
§ Actitud hacia su trabajo, miden aquí la empatía y compromiso con la
ONCE y sus productos dando hasta 5 puntos.
§ Grado de aplicación de las instrucciones recibidas, aquí miden el
grado de obediencia del vendedor para con su Especialista, su Director,
etc. valorándolo con 5 puntos como máximo.
§ Disponibilidad, se mide aquí a quien se presta a ir a donde se le
ocurra al jefe de turno, o a permitir que le cambien la jornada o el
descanso para trabajar en fiestas nacionales, autonómicas, etc., dando 5
puntos máximo.
§ Explotación del área de influencia, aquí valoran con hasta 10 puntos
hacer la calle, es decir, que uno patee o no su zona de influencia.
§ Propaganda y dispositivos, aquí dan 5 puntos en función de tener
activado TPV y teléfono, exponer bien la cartelería, etc.
§ Para dirimir empates, valorarán asistencia a reuniones, colaboración
con aspirantes a la venta, etc.
Este baremo, prueba por si el cambio cualitativo y radical en la forma de
valorar a los vendedores y de atender sus expectativas de promoción en la
venta. Se olvida lo social para ir al mas absoluto salvajismo en la
medición del que más vende, con la filosofía del "que más chifle capador",
para algo tan disparatado como dar lo mejor a quien mejor está, es decir,
vamos a encontrar paradojas como la de ver como dan quioscos de 300 euros
diarios a quien vende 700, eso sí, que lo venda irregularmente y
pisoteando a los compañeros es lo que tendrá premio.
De lo subjetivo mejor ni hablar, se valorará ser pelota y otros factores
que su mera rotulación sería cuestionado por ilegal.
Finalmente, algo más grave aún, el baremo va contra sus propios actos,
conculca su Circular, pues ésta en su Disposición Adicional Primera dice
que se procurará que los ciegos totales y grandes minusválidos tengan su
punto de venta cerca de su domicilio, para evitar desplazamientos. Ahora,
todo esto al carajo.
La Ejecutiva Estatal de PUEDO.